Tras la publicación del Real Decreto 238/2013 por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, en concreto según la INSTRUCCIÓN TECNICA IT.3 MANTENIMIENTO, a partir del día 14 de Abril de 2.013, se hace necesario, además de obligatorio, ejecutar o contratar por parte de los TITULARES DE LAS INSTALACIONES, el siguiente servicio:
“ESTUDIO AMBIENTAL DEL ESTADO HIGIENICO-SANITARIO DE LOS CONDUCTOS DE VENTILACION, SVAA. Según criterios de normas UNE 100012 y 171330, con una periodicidad anual.”
Parámetros mínimos INCLUIDOS en el estudio:
Evaluación higiénica de los SVAA (norma UNE 100012)
Para la Validación de estos elementos del SVAA se deben realizarlas siguientes inspecciones: Inspección visual, Inspección microbiológica (en aire y superficies) e Inspección de materia particulada (mediciones de polvo inerte y fibras) en superficies. Con las siguientes frecuencias:
• ANUAL.
UNIDADES DE TRATAMIENTO DE AIRE (UTAs) y Climatizadores,
• BIANUAL
RED DE CONDUCTOS DE IMPULSIÓN
RED DE CONDUCTOS DE RETORNO
Para el resto de los parámetros mínimos la Norma UNE 171330 (Calidad de Aire interior) los siguientes parámetros a muestrear:
- Temperatura y Humedad relativa,
- Dióxido de carbono, Monóxido de carbono,
- Partículas en suspensión por gravimetría. (PM 2,5) (PM 10),
- Conteo de partículas en suspensión. (0,5µm y 5 µm),
- Bacterias en suspensión,
- Hongos en suspensión.